DANIZA VEGA FELIX #DESPIERTASONORA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no atraer la revisión de amparo RES/338/2013 por la controversia de la construcción del Gasoducto Guaymas-El Oroz en territorio de la Tribu Yaqui, al considerarlo “no importante ni trascendente”, pese a que el asunto ha generado una gran división en la etnia sonorense y el derramamiento de sangre, al oponerse el pueblo de Loma de Bácum a que la obra pase por su territorio.
El máximo tribunal del País determinó que deberá ser un tribunal de Sonora, en este caso el Tercer Tribunal Colegiado Penal y Administrativo con sede en Hermosillo, el que resuelva y determine en definitiva el futuro de esta controversial obra, al no ejercer su facultad de atracción.
Fueron los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte quienes determinaron que la solicitud hecha por la Tribu Yaqui carece de “importancia” para conocerla y resolverla, por lo que el asunto se regresa a Sonora.
El origen de este problema inició con el proyecto anunciado por SEMPRA ENERGY en el año 2012, para importar gas natural de México a Estados Unidos y en 2013 la empresa IENOVA (filial de SEMPRA ENERGY) obtiene el permiso para construir el tramo Guaymas-El Oroz, que es el que atraviesa los 8 pueblos yaquis.
En 2015 la Tribu Yaqui de la Loma de Bácum decide no dar permiso a IENOVA-SEMPRA para que construyan el gasoducto en su territorio, pero la obra continúa con la autorización de los otros 7 pueblos indígenas.
El 27 octubre de ese mismo año se desata la violencia, cuando se registra un enfrentamiento en la comunidad de Loma de Bácum entre opositores y quienes estaban a favor del gasoducto, que dejó como resultado una persona muerta, varios lesionados y 12 vehículos quemados.
Ante esto, las autoridades de gobierno del Pueblo Tradicional de Loma de Bácum interponen un amparo ante el Juzgado Séptimo de Distrito de Ciudad Obregón, quien lo sobresee y niega, pero determina que la obra no podrá seguir hasta que concluya la revisión de amparo que solicitó la misma Tribu Yaqui, la cual es la que la Suprema Corte desairó al determinar que no es importante ni trascedentes, por lo que todo queda en manos del Tercer Tribunal Colegiado Penal y Administrativo.